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El Gobierno modifica el baremo en los accidentes de circulación

El Gobierno modifica el baremo de daños y perjuicios que tienen lugar en los accidentes de circulación.

Cuando se produce un accidente de tráfico, las personas implicadas pueden recibir indemnizaciones por daños y perjuicios, especialmente si han sufrido alguna lesión que han tenido que tratar o que les imposibilita realizar la vida que llevaban anteriormente. Las cuantías de las indemnizaciones a percibir se establecen en una serie de baremos que fija el gobierno en base a determinadas leyes.

Y, actualmente, el Consejo de Ministros ha aprobado un Proyecto de Ley que reforma el presente sistema de valoración de daños y perjuicios a las personas en accidentes de tráfico. La reforma ha sido posible gracias a los acuerdos establecidos entre las asociaciones de víctimas de accidentes de tráfico y la representación de las entidades aseguradoras.

Los objetivos esenciales de esta reforma, capitaneada por el Ministerio de Justicia, es poder resolver conflictos de manera más rápida y eficaz, sin necesidad de que se prolonguen en el tiempo. Además, entre las novedades está la revisión del baremo médico de secuelas para adaptarlo al estado actual de la ciencia y se tendrá, por primera vez en cuenta, como indemnización de lucro cesante las tareas del hogar y la capacidad de trabajo futura de estudiantes y menores.

La reforma de Ley permite incrementar la protección a las víctimas de accidentes de circulación con una garantía de indemnización suficiente, hecho que sitúa a España a la altura de las reformas que en el ámbito comunitario se han emprendido en relación con el seguro del automóvil. Así, se busca la mejora del tratamiento resarcitorio de los afectados en el accidente, con un sistema de indemnizaciones activo y que se adapta a la realidad actual.

Se modifican algunos criterios de los daños patrimoniales, regulando con detalle las medidas de resarcimiento en concepto de gastos. También se racionaliza el método de cálculo del lucro cesante (pérdida de ganancia legítima por parte de la víctima). Como novedad, destaca la reestructuración del perjuicio personal básico en las indemnizaciones por causa de muerte y de su relación con los perjuicios particulares.

Por su parte, las indemnizaciones se modifican, según la media del periodo 2005 a 2011, por indemnizaciones por muerte, con el incremento del 50% de media, y en indemnizaciones por secuelas se aumentan un 35% de media.

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