Accidentes de circulación, ¿Cómo reclamar a la compañía aseguradora?
Son muchas las personas que a lo largo de su vida se ven envueltas en un accidente de circulación. Todos los propietarios de un vehículo están obligados a tener en vigor un seguro, cuya finalidad es fundamentalmente, reparar o indemnizar los daños accidentales producidos en los vehículos de terceros y en el vehículo asegurado. La cobertura principal consiste en asegurar los daños causados a terceros en el uso del vehículo (responsabilidad civil del automóvil).
La reclamación de la indemnización a la compañía de seguros
En primer lugar, deberemos dirigirnos de una manera extrajudicial a la compañía aseguradora. Esto se lleva a cabo a fin de poner en conocimiento del accidente sufrido a la compañía aseguradora del vehículo responsable, y por otro lado, a fin de reclamarle la reparación de los daños, ya que se trata del responsable civil subsidiario.
Dicha reclamación, deber incluir:
- Parte amistoso y atestado policial si lo hubiere.
- Identificación de los conductores y vehículos implicados, así como de los ocupantes.
- Documentación clínica de los daños personales.
- Valoración de los daños ocasionados en el vehículo y valor venal del mismo.
- Solicitud de oferta motivada, es así como se denomina a la reclamación realizada a la compañía aseguradora.
En el momento en que recibas la oferta motivada podrás aceptarla o no. Aceptar esta oferta no impide que posteriormente procedas a las reclamaciones judiciales correspondientes.
En caso de aceptar el pago, la aseguradora tendrá que abonarlo o consignarlo en un plazo de cinco días. Si no lo hiciera se constituirá en mora, lo que implica que podrás exigir el pago de intereses.
El pago de la aseguradora debería tener en consideración:
- Los daños corporales que hayas sufrido.
- Daños materiales, especialmente en lo relativo a la reparación de tu vehículo.
- Gastos clínicos y otros dispendios derivados del accidente.
El asesoramiento letrado en estos casos es fundamental toda vez, que en las aseguradoras suelen aminorar las indemnizaciones o incluso rehusar su abono.
Reclamación judicial de los daños contra la aseguradora
Si la compañía rehúsa la solicitud de oferta motivada o la cuantía ofrecida es inferior a lo solicitado, deberemos dejar expedida la vía judicial.
Para ello dispondremos del plazo de 1 año desde que el lesionado recibe la carta con la oferta o respuesta motivada, o desde el momento en que se produce la estabilización de las lesiones, coincidiendo con el momento de curación o estabilización de las secuelas.
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Opiniones de nuestros clientes
Expresar mi agradecimiento a este despacho de abogados por sus consejos y actuación. Probablemente sin su ayuda no hubiéramos conseguido el 100% de la indemnización que nos correspondía. Siempre es una buena opción estar en manos de profesionales con experiencia. Totalmente recomendable, enhorabuena a todo el equipo.